Si tu empresa expide mercancías por carretera, tienes una fecha marcada en rojo: el 5 de octubre de 2026. A partir de ese día, el Documento de Control Administrativo — el DeCA — deja de poder presentarse en papel. La buena noticia es que, si trabajas con Sage 50, ya tienes forma de generarlo en digital sin montar un proceso desde cero. Te contamos qué cambia, a quién afecta y cómo activarlo antes de que llegue la fecha.
FECHA LÍMITE
5 de octubre de 2026
A QUIEN AFECTA
Cargadores y transportistas por carretera
RIESGO
Sanción LOTT + inmovilización en control
¿Qué es el DeCA y por qué cambia ahora?
El Documento de Control Administrativo no es un documento nuevo. Existe desde hace años (Orden FOM/2861/2012) y es lo que acredita ante una inspección los datos esenciales de un transporte de mercancías: quién envía, quién transporta, qué vehículo y conductor, origen y destino, y qué mercancía se mueve.
Lo que cambia es que, por mandato de la Ley 9/2025 de Movilidad Sostenible (disposición transitoria octava) y desarrollado técnicamente por la Resolución de 5 de junio de 2026 de la Dirección General de Transporte por Carretera y Ferrocarril, el DeCA deja de admitirse en papel. A partir del 5 de octubre de 2026 tiene que ser un documento digital: PDF nativo, con código QR y con reglas concretas de creación y conservación.
¿A quién afecta esta obligación?
- A todo transporte público interior de mercancías por carretera dentro de España, incluidas las operaciones de cabotaje.
- No afecta al transporte internacional que discurra parcialmente por España: ahí sigue rigiendo el CMR.
- La obligación es compartida entre el cargador contractual y el transportista efectivo: cada uno responde de una parte de los datos.
- No depende del tonelaje ni del sector. Depende de si el transporte es público y retribuido.
Qué exige la norma en la práctica
- PDF nativo digital (no vale escanear el papel), de hasta 5 MB.
- Código QR obligatorio con acceso directo de descarga.
- Registro de la fecha y hora de creación antes de iniciar el servicio, y de cada modificación posterior.
- Copia entregada al conductor antes de iniciar el transporte.
- Conservación mínima de un año, tanto por el cargador como por el transportista.
- Las anotaciones manuscritas ya no tienen validez: cualquier cambio debe quedar en el propio PDF.
¿Qué pasa si no cumples?
Circular sin el DeCA en formato digital equivale a no llevar la documentación de control exigida. Esto puede derivar en sanciones administrativas conforme a la LOTT tanto para el cargador como para el transportista, y en la práctica también puede suponer la inmovilización del vehículo durante un control en carretera hasta que se resuelva la incidencia.
Con Sage 50, generar el DeCA ya es posible
Como Sage Partner Oficial, en AlcaTic te lo ponemos fácil: con Sage 50 ya es posible generar tu DeCA digital, gestionar conductores y vehículos, y mantener la trazabilidad de tus expediciones sin salir de tu ERP. Si tu empresa expide mercancías por carretera, cuéntanos tu caso y te ayudamos a activarlo antes de que llegue el 5 de octubre.
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