Verifactu se aplaza: nuevas fechas y cómo afecta a pymes, autónomos y empresas

El Gobierno concede un año adicional para la entrada en vigor del sistema Verifactu, ofreciendo más margen para adaptarse.

¿Qué ha pasado con Verifactu?

El Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto-ley 15/2025, publicado en el BOE el 3 de diciembre, que aplaza la entrada en vigor del sistema Verifactu. Esta medida busca garantizar una implantación ordenada y homogénea en todo el tejido empresarial.

Antes, la fecha límite era el 1 de enero de 2026. Ahora, las empresas disponen de un año adicional para adaptarse.

Nuevos plazos para cumplir con Verifactu

  • Empresas y profesionales del artículo 3.1.a)
    Obligados tributarios que desarrollan actividades económicas y deben expedir facturas mediante sistemas informáticos:
    Fecha límite: 1 de enero de 2027.
  • Resto de obligados del artículo 3.1
    Empresarios y profesionales que utilizan sistemas informáticos para emitir facturas (pymes y autónomos):
    Fecha límite: 1 de julio de 2027.
  • Fabricantes y comercializadores de software
    Deberán ofrecer productos adaptados en un plazo máximo de 9 meses desde la entrada en vigor de la Orden HAC/1177/2024.

¿Por qué se aplaza Verifactu?

El Gobierno justifica esta prórroga por la urgente necesidad de dar tiempo a las empresas para adecuar sus sistemas informáticos, evitando riesgos de incumplimiento y garantizando una implantación eficaz.

Impacto en pymes y autónomos

Este aplazamiento supone un respiro para pymes y autónomos, que contarán con más tiempo para:

  • Actualizar sus programas de facturación conforme a los requisitos técnicos.
  • Planificar inversiones sin comprometer la operativa diaria.
  • Evitar sanciones por incumplimiento.

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